martes, 28 de junio de 2011

Lista de precandidatos "Comienza el Cambio"

 Nómina de precandidatos Titulares:

Orden
Nombre y apellido
D.N.I / L.E. / L.C
1
LOZANO CLAUDIO RAUL
12780491

2
CORTINA ROY
18670276

3
CALVO ANGELA CRISTINA
12791420

4
TUMINI HUMBERTO MIGUEL
8107379

5
POLINO HECTOR TEODORO
4103711

6
GOMEZ VERONICA MARIA
22757025

7
HOUREST MARTIN
14117232

8
FERREYRA SILVIA AMELIA
22579049

9
TOCCO BASUALDO FERNANDO DANIEL
26417658

10
TOUFEKSIAN MARA VANINA
27419473

11
SOSA RICARDO ISMAEL
23859457

12
JAIMOVICH DAMIAN GUILLERMO
24314715


Nómina de precandidatos Suplentes:

Orden
Nombre y apellido
D.N.I / L.E. / L.C

1
D’ANGELO JULIAN LEONARDO
23992290

2
PEREIRA RODOLFO FABIAN
17031924

3
EROLES AGUSTINA BEATRIZ
30366465

4
CATINARI VERONICA MERCEDES
21759442

5
OLARI UGROTE MARTIN ALEJANDRO
28903250

6
RICO DORA ELENA
12505275

7
RAFFO TOMAS PABLO ANTONIO
26688134

8
PIGNALELLI ROMINA 
28383596

Acta de la Junta Electoral del 27 de junio. Oficialización de la lista de precandidatos "Comienza el Cambio".-

En la Ciudad de Buenos Aires a los 27 días del mes de junio del 2011, siendo las 20 horas, se reúnen los miembros de la Junta Electoral del Frente Amplio Progresista, Distrito Capital Federal,  Aldo Gallotti  (DNI 16.936.568) en carácter de Presidente,  Pablo Gordon Daluz (DNI 27.308.304) en carácter de Secretario de Actas y los Vocales  Laura García Tuñón (DNI 13.213.675) y  Rubén Ge (DNI 13.773.930), en su sede de Perú 89, piso 6to.- Toma la palabra el Sr. Presidente de la Junta Electoral y manifiesta que conforme el informe de Secretaria, la lista “Comienza el Cambio” ha reunido todos los requisitos legales vigentes y reglamentarios exigidos para su oficialización, especialmente se han comprobado la veracidad de los 1111 avales presentados, se ha verificado la existencia de las aceptaciones de precandidaturas y declaraciones juradas exigidas, se solicitaron y obran también en Secretaría los informes de la Dirección Nacional del Registro Nacional de Reincidencia de cada uno de los precandidatos, motivo por el cual propone la oficialización de la lista “Comienza el Cambio”, cuya nómina se adjunta a la presente. La lista es oficializada por el voto unánime de todos los presentes.
A las 21.00 horas, se hacen presentes la Sra. Verónica Gómez (DNI 22.757.025)  y el Sr. Pablo Sanseverino (DNI 16.938.095) en su carácter de apoderados   de la lista “Comienza el Cambio”, quienes son notificados de la resolución adoptada. Acto seguido se resuelve reunir nuevamente a la Junta electoral el miércoles 29 a las 19 hs., oportunidad en que la lista oficializada deberá traer el modelo de boleta conforme las estipulaciones legales para su diseño.  Siendo las 21.30 horas, y no habiendo más temas que tratar se da por concluida la reunión.------------

sábado, 25 de junio de 2011

ACTA DE LA ALIANZA ELECTORAL FRENTE AMPLIO PROGRESISTA DISTRITO CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES. MODIFICACION DEL REGLAMENTO ELECTORAL




En la Ciudad de Buenos Aires, a los 25 días del mes de junio de 2011, siendo las  14.00 hs., se reúnen el Sr. ALDO GALLOTTI (DNI 16.936.568) por el Partido SOCIALISTA – DISTRITO CIUDAD DE BUENOS AIRES, la Sra. LILIANA BEATRIZ PARADA (DNI 12.080.699) por el Partido BUENOS AIRES PARA TODOS, y el Sr. PABLO GABRIEL MORRA (DNI 21.044.832) por el Partido MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR y acuerdan modificar la cláusula tercera del REGLAMENTO ELECTORAL de la “Alianza Frente Amplio Progresista”, el que quedará redactado de la siguiente forma:
TERCERO: La presentación de listas de precandidatos para su oficialización a efectos de  concurrir en las P.A.S.O. a celebrarse el 14 de agosto, vencerá a las 24.00 hs. del día 25 de Junio del corriente año.

viernes, 24 de junio de 2011

ACTA CONSTITUTIVA DE LA ALIANZA FRENTE AMPLIO PROGRESISTA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

En la Ciudad de Buenos Aires, a los 15 días del mes de junio de 2011, siendo las  10.00 hs., se reúnen el Sr. ALDO GALLOTTI (DNI 16.936.568) por el Partido SOCIALISTA – DISTRITO CIUDAD DE BUENOS AIRES, la Sra. LILIANA BEATRIZ PARADA (DNI 12.080.699) por el Partido BUENOS AIRES PARA TODOS, el Sr JORGE CASABE (DNI 10462527) por el Partido GEN y el Sr. PABLO GABRIEL MORRA (DNI 21.044.832) por el Partido MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR y acuerdan formalizar una “Alianza Electoral Transitoria” para la postulación de candidatos a Diputados Nacionales de la Ciudad de Buenos Aires para los comicios convocados por el Decreto Nacional Nº 586/2011, en los términos del artículo 10 de la Ley 23.298, texto según ley 26.571 y de conformidad a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Las partes de común acuerdo adoptan para la alianza la denominación FRENTE AMPLIO PROGRESISTA”. Las cláusulas de la presente acta solo podrán ser modificadas por resolución unánime de todos los integrantes de la Mesa Política.
SEGUNDA:   Se aprueba la plataforma programática de la Alianza “FRENTE AMPLIO PROGRESISTA”, la que se agrega a la presente acta como anexo I.
TERCERA: La Alianza electoral que se constituye postulará candidatos para la categoría de Diputados Nacionales conforme la convocatoria realizada por el Poder Ejecutivo de la Nación y que consta en el texto del Decreto 586/11.  Si algún Partido de esta Alianza deja de participar en la misma, no podrá utilizar el nombre, ni simbología o leyenda que la distingan, como tampoco impugnar el uso de los mismos por parte de los que continúen integrándola.
CUARTA: El domicilio de la Alianza se constituye en la calle Perú 89 6º piso de la Ciudad de Buenos Aires.
QUINTA: Los partidos integrantes acuerdan la conformación de una Junta Electoral la que estará constituida por cuatro (4) miembros: el Presidente Sr. ALDO CLAUDIO GALLOTTI (DNI 16.936568), el Secretario de Actas Sra. VERONICA MARIA GOMEZ (DNI 22.757.025) y  los vocales  Sra. LAURA GARCIA TUÑON (DNI 13.213.675)  y el Sr. RUBEN GE (DNI 13773930). El Presidente de la Junta Electoral tendrá doble voto en caso de empate. A fin de reglar el funcionamiento de la Junta Electoral se aprueba el Reglamento Electoral que se agrega a la presente acta como anexo II.
SEXTA: Se designan como apoderados de la Alianza al Sr. ALDO GALLOTTI (DNI 16.936.568) y el Sr. PABLO SANSEVERINO (DNI 16.938.095)  quienes actuarán en forma conjunta para ejercer la representación de la Alianza.
SEPTIMA: Los partidos firmantes de esta alianza acuerdan el siguiente convenio de distribución de fondos:
1. Los fondos que les puedan corresponder a los partidos que integran esta alianza en concepto de financiamiento para campañas electorales como consecuencia de su desempeño en las elecciones nacionales de 2009, serán recepcionados por cada uno de ellos conforme a derecho.
2. Los aportes que le puedan corresponder a los partidos que integran esta Alianza en concepto de aporte por votos obtenidos en la elección a la que se refiere la presente acta, serán distribuidos de la siguiente forma:
35% (treinta y cinco por ciento) para el Partido SOCIALISTA;
35% (treinta y cinco por ciento) para el Partido BUENOS AIRES PARA TODOS;
15% (quince por ciento) para el Partido GEN;
15% (quince por ciento) para el Partido MOVIMIENTO LIBRES DEL SUR.
OCTAVA: Se designan como responsables económico-financieros de la Alianza para la campaña electoral al Sr. JULIAN LEONARDO D’ANGELO (DNI 23992290) y la Sra. SABRINA BERTOLOTTI (DNI 28986988), quienes actuarán de conformidad a lo dispuesto en el art. 31 de la Ley Nº 26.215, y la normativa electoral vigente.
NOVENA: Los gastos de campaña serán soportados por cada uno de los partidos políticos integrantes de la Alianza en la misma proporción establecida en la cláusula Séptima.
DECIMA: La presente Alianza y los partidos que la integran, adhieren sus boletas en las primarias abiertas simultaneas y obligatorias (PASO) y en las elecciones generales de diputados nacionales,  a las boletas correspondientes a la categoría de Presidente de la Nación y Vicepresidente de la Nación de la Alianza Frente Amplio Progresista – Orden Nacional, integrada por los Partidos SOCIALISTA y GEN.
UNDECIMA: Las fuerzas que suscriben el presente acta acuerdan la presentación de una lista encabezada por el binomio integrado en primer lugar por Claudio Lozano y en segundo lugar por Roy Cortina. En caso de no encontrarse satisfechas las pretensiones de las fuerzas políticas integrantes de la Alianza, se acuerda que las mismas podrán participar del proceso de primarias abiertas simultaneas y obligatorias (PASO) en el marco del Frente que en este acto se constituye.
DUODECIMA: Conforme las constancias obrantes como anexos de la presente que respaldan el mandato de los representantes partidarios, se suscriben cinco (5) ejemplares de un mismo tenor, uno para cada una de las fuerzas integrantes de la Alianza “Frente Amplio Progresista” y uno para ser presentado ante el Juzgado Federal, con competencia Electoral del Distrito.

Reglamento de la Junta Electoral del Frente Amplio Progresista de la Ciudad de Buenos Aires

PRIMERO: La Junta Electoral de la Alianza transitoria “Frente Amplio Progresista” está conformada por el Presidente. ALDO CLAUDIO GALLOTTI, el Secretario de Actas PABLO GORDON DALUZ y los vocales LAURA GARCIA TUÑON y RUBEN GE. Su integración se ampliará a razón de un representante por cada una de las listas oficializadas.
Su mesa de entradas funcionará  de lunes a viernes de 12 hs. a 18 hs. en su sede de la calle Perú 89  6º piso de la Ciudad de Buenos Aires, reuniéndose en los días y horarios que ella misma determine. La información respecto del domicilio, días, horarios, resoluciones y demás notificaciones serán publicadas en la página web www.frenteamplioprogresistaciudad.blogspot.com, lo que será informado de modo fehaciente a cada lista interna, al momento en que se presenten para su oficialización.
SEGUNDO: La Junta Electoral sesionará válidamente con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros y sus decisiones se tomarán por la misma mayoría, en caso de empate desempata el Presidente. De sus deliberaciones se dejará constancia en actas que deberán ser suscriptas por los miembros presentes. Al efecto, se llevará un Libro de Actas y Resoluciones, donde se asentarán por orden de dictado todas las resoluciones a las que arribare la Junta.
TERCERO: La presentación de listas de precandidatos para su oficialización a efectos de  concurrir en las P.A.S.O. a celebrarse el 14 de agosto, vencerá a las 18 hs. del día 25 de Junio del corriente año.
CUARTO: REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE LISTAS. Las listas de precandidatos a Diputados Nacionales, deberán ser presentadas ante la Junta Electoral en las planillas y en el soporte informático que ha establecido la Cámara Nacional Electoral a tales efectos.
Conjuntamente con las listas, se deberán presentar:
  1. Nómina de precandidatos acompañada de constancias de aceptación de la postulación suscritas por el precandidato, indicación de domicilio, número de documento nacional de identidad, libreta de enrolamiento o libreta cívica, fotocopia simple del mismo y declaración jurada de reunir los requisitos constitucionales y legales pertinentes, de acuerdo al modelo establecido por la Cámara Nacional Electoral;
  2. Designación de apoderado y responsable económico-financiero de lista y constitución de domicilio especial en la ciudad sede de la Junta;
  3. Denominación de la lista, en los términos del inciso d) del artículo 26 de la ley 26.571;
  4. Los avales deberán ser presentados en la cantidad y soportes establecidos por la Cámara Nacional Electoral y acompañados por fotocopia simple del documento de identidad de los avalistas.
  5. Declaración jurada de los precandidatos comprometiéndose a respetar la plataforma electoral de la Alianza FRENTE AMPLIO PROGRESISTA del Distrito Ciudad de Buenos Aires;
  6. Plataforma programática de la lista y declaración del medio por el cual la difundirá.
QUINTO: Una vez presentada la lista y previo a su oficialización, la Junta Electoral solicitará al Registro Nacional de Reincidencia los certificados de antecedentes penales correspondiente a los precandidatos; asimismo verificará de la nomina informada por la Secretaria de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que los mismos no se encuentren incluidos en los inciso f) y g) del artículo 33 de la ley 23.298.
SEXTO: OFICIALIZACION DE LISTAS. Presentadas las listas con todos los requisitos establecidos, la Junta Electoral procederá, en el plazo de 48 horas, a controlar los mismos, oficializando las listas u observándolas; en ese caso, podrá intimar la sustitución o corrimiento, según corresponda, de un candidato que incumpla los requisitos o de aquel  que no se presente la documentación indicada; respecto de los avales la Junta podrá realizar un control por muestreo de la veracidad de los mismos, el que no podrá ser inferior al 10 % del total de avales presentados por la lista, en caso de detectarse en el muestreo la existencia de un 25% de firmas apócrifas, la lista no será oficializada, un porcentaje menor habilitará a la integración de avales faltantes en caso de no alcanzarse el número requerido, lo que deberá realizarse en el plazo perentorio de 24 horas. En idéntico plazo podrán integrarse los avales faltantes a raíz de  nulidades de avales fundadas en otras causas.
SEPTIMO: Las resoluciones que denieguen la oficialización de lista, son pasibles de recurso de revocatoria, que deberá presentarse por escrito y fundado dentro de las 24 horas de notificada la resolución denegatoria.
La Junta Electoral deberá expedirse dentro de las veinticuatro (24) horas de su presentación.
La solicitud de revocatoria podrá acompañarse con el recurso de apelación subsidiaria en base a los mismos fundamentos. Ante el rechazo de la revocatoria planteada,  la Junta Electoral elevará el expediente sin más al Juzgado Federal con competencia electoral dentro de las veinticuatro (24) horas del dictado de la resolución confirmatoria.
OCTAVO: Los modelos de boletas deberán presentarse para su aprobación ante la Junta Electoral,  hasta el 30 de junio a las 18hs, de conformidad a lo dispuesto en el Dec. 443/2011,
NOVENO: La distribución de los fondos estatales recibidos para la campaña y para la impresión de boletas se efectuará de conformidad a lo dispuesto en los arts. 23 y sstes. del Dec. Nº 443/2011 y la asignación de los espacios publicitarios en los medios audiovisuales se efectuará conforme lo dispuesto en el art.. 20 del Dec. Nº 445/2011.
DECIMO: La distribución  de cargos entre las listas de precandidatos participantes, se efectuará por medio del sistema D´ Hont entre las fuerzas que hayan superado al menos el 25 % de los votos válidos emitidos dentro de la interna. A los efectos del cumplimiento de la ley 24.012 de cupo femenino, la Junta Electoral efectuará los reemplazos que fueren menester, respetando los lugares obtenidos por cada una de las listas participantes.

miércoles, 15 de junio de 2011

Hermes Binner Presidente Norma Morandini Vicepresidenta.

Se conformó en la Ciudad de Buenos Aires el Frente Amplio Progresista que lleva como candidatos a la Presidencia de la Nación al cro. Gobernador de la Pcia. de Santa Fe Dr. Hermes Binner y como candidata a la Vicepresidencia de la Nación a la Senadora Nacional Norma Morandini, como una alternativa de centroizquierda fundada en los valores de la lucha por la igualdad, la solidaridad, la transparencia y la participación.